

Según el Real Decreto-Ley 13/2022, de 26 de julio, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2023, las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas cotizarán en función de sus rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado establecerá anualmente una tabla general y una tabla reducida de bases de cotización, dividida en tramos de rendimientos netos mensuales con Base de Cotización Mínima y Base de Cotización Máxima.
Los autónomos deben elegir la base de cotización mensual que corresponda en función de su previsión del promedio mensual de sus rendimientos netos anuales.
Pueden cambiar la base de cotización para ajustar su cotización anual a las previsiones que tenga hasta 6 veces al año.
Las bases de cotización mensual elegidas, tienen carácter de provisional, hasta que se realice la regularización por parte de la Seguridad Social.
La regularización de la cotización se efectuará en función de los rendimientos anuales obtenidos y comunicados por parte de la Agencia Tributaria (Hacienda Estatal) a la Seguridad Social, a partir del año siguiente, una vez que el autónomo ha realizado su Declaración de la Renta.
Por regla general, a los rendimientos obtenidos, en función de si está en el Sistema de Estimación Directa o en el Sistema de Estimación Objetiva (Módulos), se le aplica la deducción del 7 % por gastos genéricos. A los autónomos socios administradores de sociedades, socios laborales y otros se le aplica la deducción del 3 % por gastos genéricos.
Una vez fijado el importe de los rendimientos, se distribuirá proporcionalmente en el periodo a regularizar y se determinarán las Bases de Cotización mensuales definitivas, haciendo la correspondiente regularización con respecto a las provisionales elegidas inicialmente por los autónomos, dándose los siguientes casos:
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Fco. Javier Valero González, Economista Colegiado, en representación de VALBÉN ECONOMISTAS impartió como ponente la sesión formativa « Cierre Fiscal 2021. Autónomos y Sociedades », el día 30 de noviembre de 2021 de 10:00 h a 12:00 h. Organizado por la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, a través del Centro Andaluz de Emprendimiento (CADE) de Benacazón, en colaboración con el Ayuntamiento de Benacazón y Valbén Economistas.
En la sesión formativa se trataron los distintos aspectos fiscales y contables que hay que tener en cuenta cuando se acerca el final del año, y con éste, el final del ejercicio económico.
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Fco. Javier Valero González, Economista Colegiado, en representación de VALBÉN ECONOMISTAS impartió como ponente la sesión formativa «Régimen especial trabajadores autónomos: Fiscalidad e Impuestos», el día 26 de mayo de 2021 de 11:00 h a 14:00 h. Organizado por la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, a través del Centro Andaluz de Emprendimiento (CADE) de Benacazón, en colaboración con el Ayuntamiento de Benacazón y Valbén Economistas.
En la sesión formativa se trataron los siguientes temas:
– Empresario Individual versus persona jurídica: ventajas e inconvenientes
– IRPF: Impuesto de la Renta de las Personas Físicas: sus modalidades.
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– El IVA: Impuesto sobre el Valor Añadido: sus modalidades.
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