Los Certificados de Profesionalidad

Noviembre 2011.- CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD (Artículo de Valbén Economistas publicado en «El Periódico del Aljarafe».

Durante los últimos días, puede que muchos de los lectores del presente artículo han podido ver la campaña que el Ministerio de Trabajo e Inmigración está realizando en medios de comunicación, sobre los procedimientos para la evaluación y acreditación de las diferentes competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral por vías no formales de formación reglada. Todo ello enfocado a la obtención de los llamados: “Certificados de Profesionalidad”.

Existen multitud de excelentes profesionales -electricistas, fontaneros, albañiles, pintores, mecánicos…etc-, que han adquirido formación y aprendido el oficio como pinches o aprendices de toda la vida directamente en el lugar de trabajo. Actualmente se les da una oportunidad, a través de los Certificados de Profesionalidad, de obtener una titulación profesional reglada, la cual se puede adquirir demostrando con contratos laborales u otros medios de prueba que se ha trabajado durante el tiempo suficiente para considerarse un profesional.

Oficialmente podríamos decir que:

– El Certificado de Profesionalidad acredita con carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo.
– La finalidad de los Certificados de Profesionalidad tratan de acreditar las cualificaciones profesionales o las unidades de competencia recogidas en los mismos, independientemente de su vía de adquisición, bien sea a través de la vía formativa, o mediante la experiencia laboral o vías no formales de formación según lo que se establezca en el desarrollo del articulo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones de la Formación Profesional.
– Los Certificados de Profesionalidad favorecen la transparencia del mercado de trabajo a empleadores y a las personas trabajadoras.

Los Certificados de Profesionalidad son expedidos por el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) o bien por el Servico Público de Empleo Estatal, a las siguientes personas y en los siguientes casos:
– Aquellos que participen en curso de Formación Profesional para el Empleo impartidos en el ámbito de la gestión del SAE.
– Aquellas personas participantes en los programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) desarrollados por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
– Aquellas personas que participen en procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o por las vías no formales de formación.

¿Como se pueden obtener?, tras la superación de todos los módulos formativos o mediante la superación de procedimientos de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, una vez que estos sean publicados en el Boletín Oficial del Estado o en nuestra Comunidad autónoma.

Las especialidades formativas que conducen a los certificados de profesionalidad, se pueden consultar en “Especialidades F.P.E.”, dentro de la página web de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía en el apartado de Formación.

El Certificado de Profesionalidad ha de solicitarse junto con la documentación acreditativa de haber superado positivamente el curso referente al citado certificado, en el registro de la Consejería de Empleo, o bien preferentemente por vía telemática.